Tramitamos la sucesión y rehabilitación de un Título Nobiliario tras el fallecimiento del último poseedor legal. Nos encargamos de la presentación del expediente de solicitud ante el Ministerio de Justicia, de la publicación en el B.O.E, la liquidación de los correspondientes impuestos y la recogida de la Carta de Sucesión firmada por S.M. el Rey.
Una vez producida la vacante de un título nobiliario, tras el fallecimiento del último poseedor legal, el inmediato sucesor podrá solicitar la sucesión en el término de un año.
Si nadie reclamase la sucesión, se concede un nuevo plazo de un año para que pueda ejecutar la solicitud la persona que le siga en orden de preferencia.
Si tampoco se verificará petición alguna de sucesión dentro de dicho término, entonces se abriría un nuevo plazo de tres años durante los cuales podría hacer la petición de sucesión cualquiera que se considere con derecho a ello.
La rehabilitación se podrá solicitar para aquellos títulos y grandezas que han estado vacantes durante cinco años desde el fallecimiento de su último poseedor, y que no hayan permanecido en tal situación durante cuarenta o más años.
Para reclamarla es necesario que el solicitante se encuentre dentro del sexto grado civil de parentesco en relación con su último poseedor legal y que concurran en su persona méritos que excedan del cumplimiento normal de sus obligaciones que no hayan sido ya objeto de alguna recompensa anterior.
Tanto las sucesiones como las rehabilitaciones se conceden sin perjuicio de tercero de mejor derecho . Cualquiera que se considere con mejor derecho a suceder que el civilísimo poseedor de un título nobiliario habrá de ejercitar su pretensión en un juicio civil ordinario, dictándose sentencia por el tribunal competente declarando quién ostenta la mejor preferencia.
Nos encargamos en estos casos de defender el mejor derecho a suceder frente a terceras personas, elaborando el expediente de mejor derecho genealógico a presentar en el pleito y representándole ante los tribunales de justicia.
En el ámbito de los títulos nobiliarios extranjeros nos encargamos de la elaboración del expediente genealógico necesario para solicitar la posesión de títulos nobiliarios extranjeros únicamente ante los tribunales Europeos de Justicia y la obtención de la correspondiente sentencia judicial.
Nos encargamos de la elaboración y formalización de los expedientes de ingreso:
Para ello recopilamos y aportamos las pruebas genealógicas y de nobleza exigidas para obtener su aprobación.
Nuestro equipo cuenta con amplios y sólidos conocimientos de los archivos y de las fuentes documentales para la localización de las pruebas genealógicas y de nobleza relevantes.
Ofrecemos los siguientes servicios y consultas particulares relacionadas con la nobleza:
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